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¿Qué es el formulario I-130?2025-04-22T18:46:22-04:00
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¿Qué es el formulario I-130?

Elformulario I-130 se denomina oficialmente «Petición para familiar extranjero». El I-130 lo presenta un ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta verde cuando su familiar quiere solicitar una tarjeta verde y vivir en EE.UU. El propósito del I-130 es establecer una relación válida entre el ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta verde y su familiar.

El formulario I-130 se presentará ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS). La presentación del formulario I-130 es el primer paso hacia la obtención de la tarjeta verde basada en la familia. El formulario I-130 se utiliza para que un cónyuge inmigre a EE.UU. El formulario I-130 también se utilizará para otros familiares como padres, hijos y hermanos. En el contexto del matrimonio, el propósito del I-130 es demostrar al USCIS que su matrimonio es válido y auténtico.

El documento más importante que debe incluir es su certificado de matrimonio. También incluirá otros documentos como extractos bancarios conjuntos o un contrato de alquiler que demuestre que viven juntos. Esto ayuda a demostrar que su matrimonio no es fraudulento.

Según el formulario I-130, si presenta un documento con información en un idioma extranjero, deberá presentar también una traducción al inglés. Para garantizar que su I-130 se tramita lo más rápidamente posible, es útil recurrir a un traductor jurado.

Puede encargar una traducción certificada de estos documentos en nuestra tienda en línea:

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En esta guía respondemos a varias preguntas sobre el Formulario I-130:

¿Cuánto tarda en tramitarse el formulario I-130?

Familiares directos – Para los cónyuges, hijos menores de 18 años y padres de ciudadanos estadounidenses, las tarjetas de residencia están siempre disponibles de forma inmediata e ilimitada. Las personas de esta categoría no tienen que esperar para obtener un visado, por lo que el USCIS comenzará a revisar sus I-130 muy rápidamente. Para los parientes inmediatos el tiempo de espera a partir de junio de 2022 es de 5-15 meses.Otros par ientes – Para otros parientes es importante presentar su I-130 lo antes posible. El día en que su I-130 se presenta correctamente, se convierte en su «fecha de prioridad». Las peticiones I-130 se procesan normalmente en el orden en que son recibidas por el USCIS. El tiempo de tramitación puede durar entre 5 y 30 meses.El boletín de visados tiene más información sobre cuándo estarán disponibles las tarjetas verdes. Esto depende de la categoría de preferencia en la que se encuentre y del país del que proceda. Las relaciones familiares se colocan en diferentes categorías de preferencia de F1-F4. En general, hay 226.000 tarjetas verdes disponibles al año para tarjetas verdes basadas en la familia en las categorías F1-F4. El USCIS tiene una manera de comprobar el tiempo de procesamiento de su caso, y una explicación de cómo se determinan los tiempos de procesamiento.

¿Cuánto cuesta el formulario I-130?

La tarifa para presentar el formulario I-130 es de $535. Usted puede pagar esta tarifa de múltiples maneras incluyendo.

Si paga con cheque, hágalo a nombre de «U.S. Department of Homeland Security». El USCIS tiene una guía en línea sobre cómo pagar las tasas de presentación.

¿Quién debe presentar el formulario I-130?

Los ciudadanos estadounidenses o los titulares de la tarjeta verde pueden presentar el Formulario I-130 para sus familiares que reúnan los requisitos necesarios. Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar el Formulario I-130 para sus cónyuges, hijos, hermanos y padres. Si se presenta para hermanos y padres, la persona que presenta la petición debe tener al menos 21 años. Los titulares de la tarjeta verde pueden presentar el Formulario I-130 para sus cónyuges e hijos solteros. La persona que presenta la petición I-130 es la persona que ya es ciudadana estadounidense o titular de la tarjeta verde. Se le denomina el «Peticionario». La persona que intenta obtener la tarjeta verde se denomina «beneficiario».

¿Qué relaciones no son admisibles con el formulario I-130?

Algunas relaciones familiares no hacen que una persona sea elegible para utilizar el Formulario I-130. Esas relaciones incluyen las siguientes

  • Tíos, primos, sobrinos, suegros o abuelos.
  • Hijo adoptivo o padre adoptivo si el hijo fue adoptado después de cumplir los 16 años.
  • Hijo adoptivo o padre adoptivo si el hijo fue adoptado menos de 2 años antes de presentar la I-130.
  • Un padre biológico si usted es hijo de ellos y se convirtió en ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde a través de la adopción, o como inmigrante especial menor de edad.
  • Un padrastro o madrastra si los padres se casaron después de que el hijo cumpliera los 18 años.
  • Un cónyuge, si usted y su cónyuge no estaban físicamente presentes en el mismo lugar para la ceremonia.
  • Un cónyuge, si el peticionario obtuvo la tarjeta verde de un matrimonio anterior con un ciudadano estadounidense o titular de una tarjeta verde. (A menos que el cónyuge peticionario sea ahora un ciudadano estadounidense naturalizado o haya tenido una tarjeta verde durante cinco años o más).
  • Un cónyuge, si estuvo casado durante un tiempo en el que fue objeto de cualquier procedimiento legal relativo a su derecho a ser admitido o permanecer en los Estados Unidos.
  • Cualquier pariente, si el USCIS cree que está utilizando un matrimonio fraudulento para inmigrar a EE.UU.

¿Qué documentos debo aportar con mi I-130?

Los documentos que deben presentarse con el formulario I-130 tienen dos propósitos. El primer propósito es demostrar que el solicitante es realmente ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde. El segundo propósito es probar que la relación entre el peticionario y el familiar que está solicitando la tarjeta verde, es legítima. Estos documentos suelen incluir cosas como certificados de nacimiento y certificados de matrimonio.Hay varios tipos diferentes de documentos que el peticionario y el beneficiario necesitan proporcionar para el I-130:

¿Deben traducirse mis documentos al inglés?

Sí, según el USCIS, si presenta un documento con información en un idioma extranjero, debe presentar también una traducción al inglés. Para garantizar que su I-130 se tramita lo más rápidamente posible, es útil recurrir a un traductor jurado. Los documentos y formularios mencionados anteriormente pueden no ser una lista completa. Los formularios que comúnmente necesitan ser traducidos incluyen:

Puede encargar una traducción certificada de estos documentos en nuestra tienda en línea:

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¿Qué pasa si no tengo un documento importante?

Si le falta un documento de los que aparecen en la lista anterior, todavía hay otras formas de demostrar la información al USCIS.

  • Lo primero que debe hacer es presentar una declaración de la autoridad civil correspondiente verificando que el documento no está disponible.
  • Lo segundo que debe hacer es presentar «pruebas secundarias». La finalidad de las pruebas secundarias es demostrar lo que su documento desaparecido habría demostrado.

Un ejemplo podría ser si le falta un certificado de nacimiento, pero fue bautizado por la Iglesia Católica. En este caso, un acta de su bautismo realizada en los dos meses siguientes a su nacimiento puede ser una prueba secundaria. Este bautismo tendría que llevar impreso el símbolo oficial de la Iglesia Católica. También debería incluir la fecha y el lugar de su nacimiento, la fecha de la ceremonia religiosa y los nombres de sus padres.

¿Cuál es la diferencia entre el formulario I-130 y el formulario I-485?

Elformulario I -130 lo presenta el familiar que ya es ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta verde. Esta persona se denomina «peticionario». La persona que espera inmigrar a EE.UU. se denomina «beneficiario». El propósito del formulario I-130 es probar la identidad de ambas personas y demostrar que están realmente emparentadas.El formulario I-485 lo presenta cualquier persona que se encuentre en EE.UU. pero que aún no tenga la tarjeta verde. Esta persona intentará ajustar su estatus del visado con el que entró en EE.UU. a residente legal permanente. El propósito del Formulario I-485 es solicitar realmente una tarjeta verde. El Formulario I-130 y el Formulario I-485 pueden utilizarse juntos si una persona está intentando obtener una tarjeta verde familiar. Por ejemplo, si dos personas están casadas, el cónyuge que es ciudadano estadounidense presentará el Formulario I-130 y su cónyuge extranjero presentará el Formulario I-485. Ambos formularios deben presentarse y, en algunos casos, es posible que los dos formularios se presenten al mismo tiempo.

¿Cómo debo presentar el formulario I-130?

Tiene dos opciones a la hora de presentar su formulario I-130. Puede enviar por correo una copia en papel o presentarlo por Internet.Por correo: Si presenta su I-130 por correo, la dirección a la que envíe su formulario dependerá de dónde viva. USCIS proporciona una lista detallada de la dirección que debe utilizar. Normalmente debe presentarse dentro de EE.UU. pero USCIS a veces permite que el formulario I-130 se presente en el extranjero en una oficina de campo, embajada o consulado de EE.UU.. Esto es posible en circunstancias especiales como que el peticionario esté en el ejército, o en caso de emergencia.En línea: Si va a presentar su I-130 en línea, el primer paso es crear una cuenta. Si necesita más ayuda para registrarse, el USCIS ha proporcionado instrucciones más específicas. En realidad, crear una cuenta en línea del USCIS tiene muchas ventajas . En general, le facilitará la carga de documentos y evitará que olvide cosas. Crear una cuenta en línea también le permite recibir actualizaciones en tiempo real y hacer un seguimiento de su caso.

¿Puedo acelerar mi formulario I-130?

No hay forma de garantizar que su Formulario I-130 se tramite más rápidamente. Usted no puede pagar por un servicio más rápido. Sin embargo, USCIS puede considerar acelerar sus formularios si existe una emergencia o una razón humanitaria. Tendrá que proporcionar pruebas adicionales de la situación urgente cuando solicite el servicio acelerado.

¿Puedo comprobar mi estatus I-130 en línea?

Puede comprobar su estatus I-130 en línea utilizando la herramienta de estatus de casos del USCIS. Para utilizar esta herramienta necesita su número de recibo de 13 dígitos. Esta herramienta en línea también puede permitirle comprobar la forma de su I-797C, y puede incluir otra información importante.

¿Qué hago después de que se apruebe mi I-130?

Después de que su formulario I-130 sea aprobado, el siguiente paso depende de si su familiar está en Estados Unidos o si está en otro país.En Estados Unidos: Si su familiar que solicita la tarjeta de residencia se encuentra en EE.UU. el siguiente paso será que comience a presentar el Formulario I-485. Si usted es ciudadano estadounidense, su familiar directo puede presentar la solicitud de inmediato. Sin embargo, si usted es titular de una tarjeta verde, es posible que su familiar tenga que esperar a que la tarjeta verde esté disponible en el Boletín de Visados antes de presentar el Formulario I-485. Este proceso es el Ajuste de Estatus. Este proceso es el Ajuste de Estatus,en otro país: Si su familiar que solicita la tarjeta verde se encuentra en otro país, el siguiente paso será que empiece a presentar el Formulario DS-260. Esta forma de inmigrar se denomina Tramitación Consular.

¿Tengo que acudir a una cita con el Servicio de Biometría?

El USCIS puede exigirle que acuda a una Cita de Servicios Biométricos. Lo más probable es que esto ocurra después de que presente su Formulario I-130. El propósito de la cita de servicios biométricos es que el USCIS recoja cosas como huellas dactilares, realice comprobaciones de antecedentes y otras cosas que ayuden a verificar su identidad. Si necesita acudir a una Cita de Servicios Biométricos, el USCIS le informará por escrito utilizando el Formulario I-797C, Aviso de Acción. Este le indicará el lugar exacto, o Centro de Apoyo de Solicitudes del USCIS (ASC) al que tiene que acudir. También le indicará la fecha y hora exactas de su cita. Si se encuentra en otro país, el Formulario I-797C le indicará cómo concertar una cita en una Embajada de EE.UU., Consulado de EE.UU. u oficina de campo del USCIS.

¿Qué pasa si mi I-130 es denegada?

Si su petición I-130 es denegada, es posible que pueda apelar. Si apela, debe hacerlo dentro de los 30 días siguientes a la denegación de su petición. Para apelar utilizará el Formulario EOIR-29. La carta de decisión que reciba del USCIS incluirá la dirección para enviar el Formulario EOIR-29. La tasa de servicio para presentar el Formulario EOIR-29 es de 110 dólares.

¿Hay una entrevista para el Formulario I-130?

USCIS casi siempre programa una entrevista para el peticionario, y el beneficiario. El propósito de la entrevista es que USCIS verifique la información proporcionada en el Formulario I-130 y haga cualquier pregunta adicional. Hay ocasiones en las que USCIS renuncia a la entrevista en circunstancias especiales. Estas circunstancias especiales pueden incluir momentos en los que el solicitante es obviamente elegible, hijos solteros de ciudadanos estadounidenses o padres de ciudadanos estadounidenses. Las circunstancias especiales también pueden incluir momentos en los que el solicitante o beneficiario está enfermo o en el ejército.

¿Puede trabajar mi familiar antes de que se apruebe el I-130?

La presentación del formulario I-130 es sólo el primer paso para que su familiar obtenga la tarjeta verde. Aunque es el inicio del proceso, no le da a su familiar el derecho a trabajar. Su familiar puede ser elegible para presentar el Formulario I-765 Solicitud de Autorización de Empleo. Si el Formulario I-765 es aprobado, recibirán un Documento de Autorización de Empleo (EAD), que les permitiría trabajar.

¿Puedo presentar el Formulario I-130 y el Formulario I-485 al mismo tiempo?

La presentación de los Formularios I-130 y I-485 al mismo tiempo se conoce como Presentación Concurrente. En el caso del Formulario I-130, las circunstancias más comunes en las que se puede presentar simultáneamente son las siguientes:

  • El beneficiario está casado con un ciudadano estadounidense.
  • El beneficiario ya vive en EE.UU.

Para los familiares de titulares de la tarjeta verde, el I-130 y el I-485 no pueden presentarse al mismo tiempo. Debe haber una tarjeta verde disponible en el Boletín de Visados antes de presentar el formulario I-485. Este periodo de espera existe porque EE.UU. limita el número de visados concedidos en determinadas categorías, y a determinados países, por año.

¿Puedo presentar el formulario I-130 para mi prometido?

Si desea que su cónyuge venga a EE.UU. para que usted pueda casarse con él, no utilizará el Formulario I-130. En su lugar utilizará el Formulario I-129F, Petición para prometido/a extranjero/a. Si la petición I-129F es aprobada, entonces su prometido recibirá un visado K-1 de no inmigrante. Esto les permitirá a usted y a su prometido casarse en EE.UU. en un plazo de 90 días a partir de la llegada de su prometido a EE.UU.

¿Puede viajar mientras espera a que se tramite el formulario I-130?

Es posible que su familiar quiera visitar EE.UU. mientras su I-130 sigue tramitándose. Esto es posible, pero el familiar visitante debe demostrar que no está entrando en EE.UU. con la intención de quedarse. Deben demostrar que disponen de los medios económicos para sufragar sus viajes y que tienen un hogar fuera de EE.UU. Si su familiar puede demostrar esto, puede ser elegible para viajar a EE.UU. utilizando un visado B-1 o un visado B-2.

¿Puedo utilizar el formulario I-130 si yo o mi familiar tenemos antecedentes penales?

El propósito de la Cita con el Servicio de Biometría es, en parte, comprobar los antecedentes penales tanto del peticionario como del beneficiario. En última instancia, es decisión del USCIS aprobar o no su petición I-130. Tener antecedentes pen ales no descalifica automáticamente a un peticionario o beneficiario, pero hará que el proceso sea más complicado. Es importante ser completamente honesto al presentar el formulario I-130. Sería demasiado para tratarlo aquí, pero el 8 U.S.C. § 1182 describe delitos concretos que hacen que un beneficiario sea inadmisible en EE.UU.

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Aaron Randolph

Autor: Aaron Randolph | LinkedIn

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