¿Cuáles son los ingresos necesarios de un patrocinador de tarjeta de residencia «Green Card» en Estados Unidos?

Los ingresos exigidos a un patrocinador de la tarjeta de residencia se calculan por año. 22.887 dólares al año es la cantidad de dinero más común que necesita una persona para ser patrocinador. Esta cantidad corresponde a alguien que no es miembro en servicio activo del ejército, y también es exacta si el patrocinador solo patrocina a una persona.
Si va a presentar una Declaración Jurada de Apoyo (formulario I-864), es posible que tenga que aportar algunos documentos. Estos son algunos ejemplos de documentos que pueden necesitar presentar los patrocinadores:
- Copia de sus declaraciones de impuestos federales individuales de los últimos 3 años fiscales.
- Formularios W-2 del año fiscal más reciente. Si no tiene W-2, debe aportar una declaración o pruebas que expliquen por qué no la presentó.
- Cualquier otra prueba de ingresos declarados de los últimos 3 años fiscales.
- Nóminas de los seis meses más recientes.
- Una carta de su empleador si cree que alguno de estos elementos le ayudará a cumplir los requisitos.
Según el USCIS, si presenta un documento con información en un idioma extranjero, deberá presentar también una traducción al inglés. Para garantizar que su I-864 se tramita con rapidez, resulta útil recurrir a un traductor certificado.
Puede solicitar una traducción certificada de estos documentos en nuestra tienda en línea:
Solicitar una traducción certificada
En esta guía respondemos a muchas preguntas sobre los requisitos de ingresos para un patrocinador de la tarjeta de residencia:
¿Cuál es el ingreso mínimo exigido a un patrocinador de la tarjeta de residencia?

Si alguien está planeando emigrar a EE.UU. y solicitar la tarjeta de residencia, necesita tener un patrocinador financiero. El patrocinador se compromete a apoyar económicamente a la persona que solicita la tarjeta de residencia firmando una Declaración Jurada de Apoyo.
La cantidad mínima de dinero que debe ganar un patrocinador depende de tres cosas:
- El estado en el que vive el patrocinador. Si el patrocinador vive dentro de los 48 estados continentales de Estados Unidos, el umbral federal de pobreza es diferente al de Hawái y Alaska. El USCIS establece los requisitos financieros en función del estado en el que viva el patrocinador.
- Cuántos dependientes viven con el patrocinador. Por cada dependiente que viva con el patrocinador, este necesita tener unos ingresos más altos. El USCIS establece los requisitos financieros en función de cuántas personas vivan con el patrocinador.
- Si el patrocinador es militar en activo. Si el patrocinador es militar en activo, sus ingresos solo tienen que ser el 100 % del umbral federal de pobreza de EE.UU. Si no es militar en activo, los ingresos del patrocinador tienen que ser el 125 % del umbral federal de pobreza de EE.UU.
Ingresos anuales mínimos para patrocinadores no militares en 2022
- En los 48 estados continentales, D.C. y territorios de EE.UU., añada 5.900 dólares por cada persona adicional.
- En Alaska, añada 7.375 dólares por cada persona adicional.
- En Hawái, añada 6.787 dólares por cada persona adicional.
| Tamaño del hogar del patrocinador (por número de personas, incluidos el patrocinador y su cónyuge) | Patrocinadores en los 48 estados continentales, D.C. y territorios de EE.UU. | Patrocinadores en Alaska | Patrocinadores en Hawái |
| 2 | 22.887 $ | 28.612 $ | 26.325 $ |
| 3 | 28.787 $ | 35.987 $ | 33.112 $ |
| 4 | 34.687 $ | 43.362 $ | 39.900 $ |
| 5 | 39.900 $ | 50.737 $ | 46.687 $ |
| 6 | 46.487 $ | 58.112 $ | 53.475 $ |
| 7 | 52.387 $ | 65.487 $ | 60.262 $ |
| 8 | 58.287 $ | 72.862 $ | 67.050 $ |
Ingresos anuales mínimos para patrocinadores militares en 2022
- En los 48 estados continentales, D.C. y territorios de EE.UU., añada 4.720 dólares por cada persona adicional.
- En Alaska, añada 5.900 dólares por cada persona adicional.
- En Hawái, añada 5.430 dólares por cada persona adicional.
| Tamaño del hogar del patrocinador (por número de personas, incluidos el patrocinador y su cónyuge) | Patrocinadores en los 48 estados continentales, D.C. y territorios de EE.UU. | Patrocinadores en Alaska | Patrocinadores en Hawái |
| 2 | 18.310 $ | 22.890 $ | 21.060 $ |
| 3 | 23.030 $ | 28.790 $ | 26.490 $ |
| 4 | 27.750 $ | 34.690 $ | 31.920 $ |
| 5 | 32.470 $ | 40.590 $ | 37.350 $ |
| 6 | 37.190 $ | 46.490 $ | 42.780 $ |
| 7 | 41.910 $ | 52.390 $ | 48.210 $ |
| 8 | 46.630 $ | 58.290 $ | 53.640 $ |
¿Cómo cuento a las personas de mi hogar?

El número de personas de su hogar incluye lo siguiente:
- El patrocinador.
- El cónyuge del patrocinador.
- El solicitante de la tarjeta de residencia (puede ser cualquier familiar del patrocinador).
- Los hijos solteros menores de 21 años.
- Cualquier persona que el patrocinador declare como dependiente en su declaración de impuestos.
- Cualquier otra persona que venga a EE.UU. con el solicitante de la tarjeta de residencia (pueden ser sus hijos o familiares).
- Cualquier otra persona a la que el patrocinador apoye económicamente con una Declaración Jurada de Apoyo.
¿Qué cuenta como fuente de ingresos?

Normalmente, los ingresos anuales de un patrocinador son la misma cantidad de dinero que declaró al IRS en su declaración de la renta federal más reciente. Esto puede incluir sueldos, salarios, comisiones, honorarios, propinas, retribuciones en especie, opciones sobre acciones, prestaciones de jubilación, pensión compensatoria, manutención de los hijos, dividendos y cualquier otro ingreso legal.
¿Puedo contabilizar los ingresos anuales y los bienes de los familiares de mi hogar?
Sí. Si el patrocinador no puede cumplir los ingresos anuales mínimos mencionados anteriormente, puede incluir los ingresos y bienes de familiares de su hogar en estas condiciones:
- El pariente debe estar emparentado con el patrocinador por nacimiento, matrimonio o adopción.
- El patrocinador debe haber incluido al pariente como dependiente en su declaración de la renta federal más reciente, o
- El pariente debe haber vivido con el patrocinador durante los últimos seis meses.
- El familiar debe dar su consentimiento para que se contabilicen sus ingresos. Para demostrar que está de acuerdo en que se contabilicen sus ingresos o bienes, debe rellenar el formulario I-864A, Contrato entre el patrocinador y el miembro del hogar.
¿Puedo contar los ingresos anuales de personas que no están en mi hogar?
Si el patrocinador y su hogar no pueden cumplir los requisitos de ingresos, pueden recurrir a un patrocinador conjunto. Los ingresos del patrocinador conjunto deben ser como mínimo el 125 % del umbral federal de pobreza de EE.UU. por sí solos. No pueden combinar sus ingresos con los del patrocinador.
El patrocinador conjunto tiene que ser ciudadano estadounidense o titular de la tarjeta de residencia. No es necesario que sea pariente de la persona que emigra. Tampoco es necesario que viva con el patrocinador, pero debe vivir en EE.UU. o en un territorio estadounidense. El patrocinador conjunto tendrá que presentar una Declaración Jurada de Apoyo separada de la del patrocinador original.
¿Puedo contabilizar los ingresos anuales de la persona a la que patrocino?
Los ingresos y bienes de la persona que solicita la tarjeta de residencia pueden contabilizarse en 3 condiciones. Primero, debe ser familiar del patrocinador. Segundo, la fuente de ingresos del inmigrante debe seguir siendo la misma después de obtener la tarjeta de residencia. Tercero, el inmigrante debe vivir con el patrocinador.
¿Qué ocurre si mis ingresos proceden de un país extranjero?

Los patrocinadores que viven fuera de EE.UU. y trabajan fuera de EE.UU. solo pueden contabilizar sus ingresos en unas pocas circunstancias.
- El patrocinador debe demostrar que seguirá teniendo esta fuente de ingresos después de su llegada a EE.UU., o
- El patrocinador debe demostrar que su nueva fuente de ingresos cumple los requisitos de ingresos mínimos.
¿Puedo incluir mis bienes si mis ingresos no son suficientes?

Si el patrocinador no puede cumplir los requisitos de ingresos utilizando sus propios ingresos y los de los miembros de su unidad familiar, puede contar sus bienes. Estos otros bienes son cosas como dinero en cuentas de ahorro, acciones, bonos y propiedades.
Para calcular el valor de los bienes, el patrocinador debe restar primero los ingresos de su unidad familiar del requisito de ingresos mínimos. Esto le dará la diferencia de ingresos que necesita para alcanzar el requisito. En segundo lugar, el patrocinador debe demostrar que el valor de los bienes es cinco veces esa diferencia entre sus ingresos y el requisito de ingresos.
Hay una excepción que vale la pena señalar:
- Si el solicitante de la tarjeta de residencia es cónyuge o hijo (mayor de 18 años) de un ciudadano estadounidense, el valor de sus bienes solo necesita ser tres veces la diferencia entre sus ingresos y el requisito de ingresos.
¿Puedo contabilizar los bienes extranjeros de mi familiar?
Si la persona que solicita la tarjeta de residencia tiene bienes en otro país, puede incluir ese valor. Algunos ejemplos de bienes pueden ser inmuebles u otros bienes personales. El valor de estos bienes puede incluirse en estas condiciones:
- Debe ser posible convertir esos bienes en efectivo en un periodo de 12 meses.
- La persona que solicite la tarjeta de residencia debe demostrar que realmente puede sacar los bienes del país en el que se encuentran. Esto se debe a que algunos países limitan la retirada de bienes.
- Al igual que con los bienes del patrocinador, los del solicitante deben valer al menos cinco veces la diferencia entre los ingresos del patrocinador y el requisito de ingresos mínimos.
¿Qué es cinco veces la diferencia entre los ingresos del patrocinador y el requisito de ingresos mínimos?
Como se explica en los cuadros anteriores, el requisito de ingresos mínimos depende de la situación del patrocinador. No obstante, por lo general, la renta mínima exigida es el 125 % del umbral de pobreza para el tamaño de la unidad familiar.
He aquí un ejemplo: imagine que el requisito de ingresos es de 25.000 dólares y los ingresos anuales del patrocinador son solo de 15.000 dólares; la diferencia es de 10.000 dólares. El patrocinador puede incluir el valor de sus bienes si tienen un valor de 50.000 dólares. Esto se debe a que la diferencia es de 10.000 dólares y, multiplicada por 5, equivale a 50.000 dólares.
¿Dónde puedo conseguir una traducción certificada?
Los documentos y formularios necesarios durante el proceso de inmigración varían. Es posible que necesite presentar una traducción certificada de algunos documentos que no estén en inglés. Algunos de los documentos que podría necesitar son:
- Antecedentes penales
- Certificados de nacimiento
- Certificados de matrimonio
- Sentencias de divorcio
- Expedientes académicos
Puede encargar una traducción certificada de estos documentos en nuestra tienda en línea:
Solicitar una traducción certificada
U.S. Language Services LLC no es un bufete de abogados, por lo que su contenido no debe interpretarse como asesoramiento legal. Para consultas legales específicas, le recomendamos contactar a un abogado acreditado. Del mismo modo, la información de carácter financiero contenida en nuestra página es meramente informativa y no debe considerarse como asesoramiento financiero. Le sugerimos consultar con un asesor financiero certificado o un profesional tributario para recibir orientación adaptada a su situación particular.
Al acceder al sitio web de U.S. Language Services LLC, usted reconoce que no está recibiendo asesoramiento legal ni financiero, y acepta no depender del contenido aquí presentado como tal. Ni U.S. Language Services LLC ni sus colaboradores asumen responsabilidad alguna por inexactitudes, pérdidas o daños derivados del uso de la información disponible en este sitio.
Aceptación Garantizada
U.S. Language Services es miembro corporativo de la ATA.
Todas las traducciones certificadas son aceptadas por USCIS, grandes empresas, asociaciones profesionales e instituciones educativas.
Hacer pedido
Obtener una cotización gratuita
Documentos más solicitados
Preguntas Frecuentes
Puede solicitar su traducción certificada las 24 horas del día, los 7 días de la semana a través de nuestra tienda online. Para proyectos grandes (más de 20.000 palabras o 50 páginas), por favor solicite una cotización.



